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Tribunas · Ley de nietos

‘Ley de nietos’: el crimen electoral perfecto

Guadalupe Sánchez en The Objective

Foto: vía The Objective

La tesis La autora critica la laxitud sancionadora frente a los delitos políticos y electorales, y sostiene que la ley de nietos evidencia un déficit punitivo favorable al poder.

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El legislador penal es cada vez más duro con el español corriente. Defraude usted 120.001 euros a Hacienda y se expondrá a una pena de hasta cinco años de prisión. Deje de pagar el recibo de la luz de su expareja y descubrirá que ya se ha inventado la «violencia económica». Para el ciudadano, mano dura. Para el poder, en cambio, manga ancha. Porque las conductas más graves para la sociedad y para la democracia, las que se cometen desde la política y contra las reglas del juego, son precisamente las que nuestro ordenamiento apenas castiga.

Padecemos un déficit punitivo en todo aquello que implica proteger al Estado de sus gobernantes. Y no es casual: quien legisla rara vez tipifica conductas que puedan alcanzarle. Por eso, la prevaricación no lleva aparejadas penas de prisión y se ha rebajado la pena del delito de malversación. Lo he denunciado otras veces a propósito de los delitos de traición, concebidos para las guerras del siglo pasado y que apenas permiten responder a fenómenos como la guerra híbrida —agresiones que no se declaran formalmente y que combinan presión migratoria, desinformación, chantaje diplomático y el uso de las propias leyes garantistas del país agredido para desestabilizarlo—.

Que se lo pregunten a los ceutíes. Lo mismo sucede con la rebelión, concebida para escenarios seudobélicos, cuya inoperancia se ha agravado aún más desde que Sánchez derogó la sedición para beneficiar a sus socios. Y, como no podía ser de otra manera, la manga ancha punitiva alcanza también a los delitos electorales. Las últimas publicaciones de este medio sobre la ley de nietos así lo demuestran. La ley reservó la nacionalidad a los descendientes de quienes perdieron la condición de españoles a causa del exilio franquista.

Pero los expedientes del Consulado General en México revelan que se está nacionalizando a personas sin vínculo alguno con la Guerra Civil o la posterior represión, sin documentos que lo acrediten y, en algunos casos, sin pruebas siquiera de que tengan un antepasado español. El caso de Juan G. es paradigmático. Alto cargo en México, de 82 años e hijo de padres nacidos en México en 1913 y 1918, obtuvo la nacionalidad el 9 de junio de 2023, seis semanas antes del 23-J, sin que constara una sola partida de nacimiento o de bautismo.

Bastó, al parecer, su palabra de que el abuelo «era español». Un abuelo que, de haberlo sido, habría emigrado a finales del siglo XIX. Difícilmente pudo huir de una guerra que estalló cuatro décadas después. No es una anécdota. En la demarcación consular de México, más del 90% de las nacionalizaciones efectivas se tramitaron, según fuentes consulares, siguiendo la directriz de Sofía Puente. El propio Gobierno admite más de 163.000 concesiones al amparo de esta normativa, aunque ya les digo yo que son muchísimas más.

Cientos de miles de votantes incorporados al censo, contraviniendo, según esta tesis, la voluntad del legislador. Cualquiera pensaría que una operación de semejante calibre tiene asegurado su reproche penal en nuestro ordenamiento. Pues no está tan claro. Los delitos electorales, recogidos en la LOREG, se concibieron para proteger el proceso desde la convocatoria hasta el escrutinio. El artículo 139 castiga con penas de prisión de seis meses a dos años y multa al funcionario que incumple las reglas que ordenan el proceso electoral —la formación y exhibición del censo, la constitución de juntas y mesas, la votación, el escrutinio, las actas o el voto por correo—, así como a quien obstaculiza las reclamaciones o perjudica a un candidato en el ejercicio de sus competencias.

El artículo 140 prevé penas de prisión de tres a siete años y multa para las falsedades que el funcionario comete abusando de su cargo en las distintas fases del proceso, desde la convocatoria de los actos electorales y el registro de votantes hasta el voto, el recuento y la proclamación de electos, incluidas otras falsedades electorales análogas. En resumidas cuentas, castigan a quien mete la mano en la urna, en el acta o en el listado. Lo que nadie imaginó es que un Gobierno pudiera inflar el censo electoral fuera de nuestras fronteras, incorporando a ciudadanos nacionalizados que después entran en el CERA con total normalidad.

Se engorda fraudulentamente el censo haciendo que cada inscripción parezca formalmente impecable porque descansa en una nacionalidad ya concedida. Ese sería el crimen electoral perfecto: no deja rastro en la urna porque se consuma mucho antes de abrirla. Pero ojo: la operación no se ejecutó falseando expedientes uno a uno —que también, según las denuncias—, sino por vía normativa, mediante una instrucción que, según esta interpretación, presume lo que la ley exige probar.

Y lo normativo rara vez se sienta en el banquillo. El funcionario consular que aplica la presunción se escuda en que cumplía órdenes; quien la dictó, en que se limitaba a interpretar la ley. La responsabilidad se diluye en la cadena de mando y el daño, que no sería individual, sino colectivo, porque alteraría la voluntad y la composición del propio sujeto soberano, se queda, según esta tesis, sin una tipificación penal específica. Así que, para perseguir lo que los socialistas han hecho con la ley de nietos, no queda más remedio que llamar a la puerta de los delitos comunes.

La falsedad en documento público (artículo 390 del Código Penal): certificar lo que nadie ha probado es escribir ficción con membrete oficial. Y la prevaricación (artículo 404): firmar a sabiendas una resolución de nacionalidad que la ley no ampara. A Juan G. ni siquiera le ampararía la instrucción de Puente, que presume el exilio, no la ascendencia española. Presuntamente, claro. Luego está la responsabilidad política, que tiene nombre y apellidos.

Sofía Puente firmó la instrucción que, según esta interpretación, sustituyó la voluntad de las Cortes por una presunción de exilio. Penalmente, probablemente salga indemne —el dichoso déficit punitivo—, pero políticamente sería la autora intelectual del mayor fraude electoral de la historia de la democracia española. Félix Bolaños pilotó la Ley de Memoria Democrática y, ya al frente de Justicia, dejó sin respuesta la petición de revisar de oficio la instrucción.

Y Pedro Sánchez sería el beneficiario electoral de toda la operación y el presidente que adelantó las elecciones para presionar al Supremo y conseguir que revocara las medidas cautelares. Ninguno puede alegar ignorancia. Ninguno ha dado explicaciones. Creo que pocos cuestionan ya que nuestras leyes penales y nuestro sistema constitucional fueron diseñados para gobernantes respetuosos con las reglas del juego. No supieron blindarse frente a quien, como Pedro Sánchez, está dispuesto a explotar cada resquicio para aferrarse al poder y procurarse impunidad.

Así es como un país acaba donde Maduro dejó a Venezuela: en una autocracia con urnas, donde se vota para no decidir nada. El Supremo ha echado el freno, aunque Moncloa ya maniobra para levantarlo: ha activado al Defensor del Pueblo —el exministro socialista Ángel Gabilondo— para llevar el asunto en amparo al Constitucional. Un órgano político colonizado por el sanchismo y vergonzosamente instrumentalizado para acudir a otro tribunal político, igualmente colonizado.

Si el Constitucional admite el recurso y accede a la medida cautelarísima, no estará protegiendo derechos: estará validando, según esta tesis, el mayor fraude democrático de la historia. Cuando quien está llamado a ser el árbitro del sistema se convierte en un jugador más, ya no queda red bajo nuestros pies. Ese es el abismo al que nos asomamos y al que también hemos llegado por nuestra propia mansedumbre. El 29 de noviembre tendremos la última ocasión de dar un paso atrás.

Llenemos las urnas de democracia. Mientras todavía sirvan para algo.

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Texto íntegro de Guadalupe Sánchez, publicado en The Objective el 19 oct, 05:25. El Autómata lo recoge en su sección de Opinión sin cambiar una palabra; solo la tesis y el tema son nuestros, escritos por una inteligencia artificial. Leer en The Objective.