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El Supremo descarta limitar a cinco días anuales el permiso de cuidados

El tribunal confirma la resolución de la Audiencia Nacional contra la práctica del grupo RACE. El permiso puede aplicarse por cada hospitalización o necesidad de cuidados.

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El Tribunal Supremo ha rechazado que las empresas limiten a cinco días al año el permiso retribuido para atender a familiares por hospitalización o enfermedad grave. La sentencia, dictada el 25 de septiembre, confirma el fallo de la Audiencia Nacional contra la práctica del grupo RACE, tras una demanda de CCOO, UGT y CSIF.

El tribunal establece que el derecho se genera por cada hecho causante y no queda sujeto a un tope anual. También mantiene que los cinco días pueden prolongarse después del alta hospitalaria si persiste la necesidad de atención. La empresa defendía que la directiva europea fija cinco días laborables anuales por trabajador; el Supremo señala que ese texto establece un mínimo y que la legislación española no incorporó un límite anual.

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