El Pleno del Tribunal Constitucional decidirá el miércoles si admite el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión del voto de más de 160.000 españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad mediante la llamada ley de nietos. La decisión se conocerá antes de las elecciones generales del 29 de noviembre y determinará si el tribunal puede examinar la petición urgente de restablecer el sufragio.
El presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, incluyó el asunto en el orden del día del Pleno, que comienza este martes. La deliberación está prevista para el miércoles, según informó esRadio en su programa «En Casa de Herrero». El caso llegó a los doce magistrados después de que la Sala Segunda asumiera su estudio por la relevancia del asunto. La sección cuarta no alcanzó una posición unánime: María Luisa Balaguer y el ponente, Enrique Arnaldo, eran partidarios de inadmitir el recurso, mientras que Ramón Sáez defendía admitirlo.
El informe del servicio de letrados solicitado por Arnaldo propone rechazar la demanda por prematura. Considera que el procedimiento sigue abierto en el Tribunal Supremo, que ha dado cinco días a los afectados para personarse y presentar alegaciones. Tras ese trámite, sostiene el informe, la Sala de lo Contencioso-Administrativo todavía podría revisar, modificar o levantar las medidas cautelares. La vía de amparo es subsidiaria, añade, y no debería activarse mientras los tribunales ordinarios puedan reparar la lesión alegada. El documento también recoge la doctrina constitucional que limita el examen de decisiones cautelares antes de que concluya el proceso en el que se adoptaron.
El Supremo acordó el 10 de septiembre que no se incorporasen nuevos afectados al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y suspendió los efectos electorales de quienes ya estaban inscritos, salvo que acreditasen mediante certificado consular que cumplían los requisitos fijados por el tribunal. El 12 de octubre rechazó el recurso contra esa decisión y mantuvo la medida. La controversia afecta a personas nacionalizadas al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática; la legalidad de la vía seguida para algunas inscripciones aún no se ha resuelto en el Supremo.
Ángel Gabilondo pide al Constitucional que deje sin efecto la suspensión mediante una medida cautelarísima, sin escuchar previamente a las otras partes. El Defensor sostiene que la medida afecta al derecho al voto, a la igualdad y a la tutela judicial efectiva. También denuncia un trato distinto para quienes residen en el extranjero y están inscritos en el CERA, frente a españoles que obtuvieron la nacionalidad por la misma vía y viven en España. Alega, además, que impedir ahora el voto puede causar un perjuicio irreparable si el Supremo acaba rechazando las impugnaciones.
El Pleno puede inadmitir el recurso y cerrar así la posibilidad de pronunciarse sobre la petición urgente. Si lo admite, puede conceder la cautelarísima y levantar de inmediato la suspensión, o rechazar esa vía y tramitar las medidas cautelares por el procedimiento ordinario. En ese caso, se abriría un plazo de cinco días para que presenten alegaciones las partes personadas en el Supremo: Vox, Iustitia Europa, la Fiscalía y el Defensor del Pueblo. La admisión permitiría examinar la solicitud, pero no resolvería por sí misma el fondo de la disputa sobre las inscripciones.
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