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Tribunales · Amnistía y detenciones

Llarena aplica la doctrina de amnistía y confirma el fin de órdenes nacionales

El instructor del procés desestima el recurso de Vox y mantiene sin efecto las órdenes contra Carles Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig. La Sala de lo Penal aún debe resolver sobre la extinción de la responsabilidad penal y el sobreseimiento.

Foto: vía Europa Press
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Claves

  • Llarena desestima el recurso de Vox y confirma el levantamiento inmediato de las órdenes nacionales contra Puigdemont, Comín y Puig.
  • El instructor considera aplicable la doctrina del Constitucional sobre la amnistía de la malversación, aunque mantiene su discrepancia con los fundamentos de esa doctrina.
  • La Sala de lo Penal del Supremo aún debe resolver sobre la extinción de la responsabilidad penal y el sobreseimiento.

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha confirmado este lunes el levantamiento de las órdenes nacionales de busca, captura y detención de Carles Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig, al desestimar el recurso de reforma presentado por Vox contra el auto del 6 de octubre. El instructor del procés considera aplicable a los tres la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la amnistía del delito de malversación, fijada al conceder el amparo a la exconsejera Dolors Bassa. La resolución ratifica el fin de las órdenes, pero no extingue la responsabilidad penal.

El auto dispone que el alzamiento se ejecute de inmediato y ordena librar con urgencia los oficios necesarios para comunicarlo y cancelar las órdenes en los registros y sistemas informáticos correspondientes. La medida comprende también las requisitorias y, si dependen exclusivamente de esas órdenes, los mandamientos de ingreso en prisión. Llarena sostiene que los trámites todavía pendientes no justifican mantener unas medidas cuya razón de vigencia ha quedado afectada por la doctrina constitucional.

La discrepancia entre los tribunales se refiere a la aplicación de la amnistía a la malversación. El Supremo había considerado que los procesados obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial al trasladar al patrimonio público compromisos de gasto asumidos para el proceso independentista. Según aquella interpretación, evitaron soportar personalmente una carga económica. El Constitucional, al resolver el recurso de Dolors Bassa, estableció que el beneficio patrimonial que excluye la amnistía debe poder distinguirse del coste del proceso del referéndum ilegal.

Llarena entiende que ese criterio obliga a dejar de aplicar la interpretación anterior al decidir sobre las medidas cautelares, aunque no comparte los fundamentos del Constitucional. El instructor afirma que su discrepancia no puede retrasar el cumplimiento de la sentencia, que vincula. También señala que cinco magistrados del tribunal de garantías defendieron la validez de la interpretación del Supremo frente a los otros siete. A su juicio, esa controversia aconsejaba «mesura en los calificativos» empleados en la sentencia.

La resolución de este lunes se limita a las órdenes de detención: no cierra el sumario ni acuerda el sobreseimiento de la causa. Llarena recuerda que la decisión definitiva sobre la extinción de la responsabilidad penal corresponde a la Sala de lo Penal del Supremo, que juzgó el procés, y debe adoptarse en la tramitación ordinaria prevista para estos casos. Por tanto, el auto no equivale todavía a una resolución definitiva que aplique la amnistía a los tres encausados.

El secretario general de Junts, Jordi Turull, celebró la decisión como una «victoria rotunda sin paliativos» para Puigdemont, Comín y Puig, según publicó The Objective. En un mensaje en X, sostuvo que el desenlace no debía presentarse como una concesión del Estado, sino como el resultado de una batalla política, jurídica y democrática. La decisión judicial confirmada por Llarena, sin embargo, afecta a las órdenes nacionales y deja pendiente el pronunciamiento de la Sala sobre la responsabilidad penal.

Cómo lo cuentan

  • RTVEcentroizquierda: Destaca tanto la aplicación de la doctrina constitucional como las críticas de Llarena al tono de la sentencia.
  • Públicoizquierda: Subraya que el auto levanta las órdenes, pero no resuelve todavía la extinción de la responsabilidad penal.
  • The Objectivederecha: Da relevancia a la celebración de Junts y a la valoración de Turull sobre la decisión.

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